DEL CAS TRANSITORIO A CAS

DEL CAS TRANSITORIO A CAS

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¿Qué es el contrato CAS?

Es un contrato administrativo de servicios, cuya aplicación es únicamente para el sector público. Esta modalidad laboral se encuentra regulada por el Decreto Legislativo N°1057, (promulgado el 29 de junio del 2008), su reglamento y la Ley N.º 31131.

¿Cuáles son los derechos de los trabajadores contratados bajo este régimen laboral?

  • JORNADA LABORAL: 8 HORAS DIARIAS, 48 HORAS SEMANALES Y DESCANSO SEMANAL DE MINIMO DE 24 HORAS CONTINUAS.
  • VACACIONES:30 DÍAS CALENDARIO AL CUMPLIR UN AÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
  • CAPACITACIÓN Y EVALUACIÓN:     EVALUACIÓN DE RENDIMIENTO Y CAPACITACIÓN DICTADAS CON CARÁCTER GENERAL PARA EL SECTOR PÚBLICO.
  • AFILIACIÓN A UN RÉGIMEN DE PENSIONES: YA SEA EL RÉGIMEN PRIVADO O PÚBLICO DE PENSIONES
  • SEGURIDAD    SOCIAL:   DERECHO    A   LA   AFILIACIÓN   AL   RÉGIMEN DE ESSALUD, CON COBERTURA PARA SI Y PARA SUS DERECHOHABIENTES. SINDICACIÓN Y HUELGA
  • DESCANSO PRE Y POSNATAL: DESCANSO PRE Y POSNATAL POR 98 DÍAS. Y PERMISO POR LACTANCIA MATERNA HASTA QUE SU HIJO CUMPLA UN AÑO
  • LICENCIA POR PATERNIDAD:     CUATRO DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS Y REMUNERADOS.
  • AGUINALDO: FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD

¿Por qué fue cuestionado el régimen CAS?

A pesar de los derechos que brinda el D.L 1057 a los trabajadores éste no garantiza una estabilidad laboral y orienta a los trabajadores a vivir en una constante incertidumbre, además de ello al no encontrarse sujetos a un incremento salarial se evidenció una desigualdad salarial, puesto que solo bajo un nuevo concurso público se podía alcanzar un mejor salario.

Cuatro comparativo de beneficios laborales

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Fuente: Enfoque derecho

¿Qué se hizo para contrarrestar las deficiencias del régimen laboral CAS?

Después de evidenciarse las claras deficiencias respecto del régimen laboral CAS, mediante la promulgación de la Ley Nº 31131 – LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA ERRADICAR LA DISCRIMINACIÓN EN LOS REGÍMENES LABORALES DEL SECTOR PÚBLICO, el ocho de marzo del 2021 se normó la incorporación del régimen CAS al Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, y al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en forma progresiva, para ello se estableció que durante el proceso los trabajadores bajo el régimen CAS pasarían a un contrato de servicios de carácter indefinido, motivo por el cual podían ser despedidos solo por causa justa debidamente comprobada.
Los trabajadores beneficiados con esta ley debían de cumplir los requisitos que se establecían en la misma.

Tribunal constitucional declara parcialmente inconstitucional la ley N° 31131

El Tribunal Constitucional declaró por mayoría parcialmente inconstitucional la Ley N° 31131 por infringir las disposiciones de la Constitución referidas a: la prohibición de los congresistas de crear o aumentar gastos públicos (art.79), el principio de equilibrio presupuestal (art. 78) y la competencia del Poder Ejecutivo para “administrar la hacienda pública” (art. 118, inciso 17).

La indeterminación del contrato administrativo de servicios

Finalmente, el martes 06 de diciembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023nda pública” (art. 118, inciso 17). En este cuerpo normativo además del presupuesto anual, se estableció en la Sexagésima Primera disposición complementaria que los contratos administrativos de servicios vigentes a la fecha de publicación de la ley pasarían a ser indeterminados ello, según la necesidad del servicio, teniendo en cuenta su perfil profesional y/o experiencia laboral, para el desarrollo de labores de naturaleza permanente en la entidad.
Ante ello las instituciones públicas deberán de modificar, en el AIRHSP, la fecha de vigencia de los contratos a sostenibles de los registros CAS correspondientes. Dicha disposición entró en vigencia el 7 de diciembre del 2022.

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